En fin, os comentaré que mi periplo por la justicia española me ha costado la condena a pagar las costas: 1500€ + IVA.
Transcribo la respuesta de la administración a la argumentación a mi recurso.
Saludos, y cuidadito con pedir justicia.
El Tribunal Calificador ha informado en relación con el recurso interpuesto en el siguiente sentido:
"Segundo.- El Tribunal Calificador estudió las reclamaciones a la pregunta citada y acordó, tal y como se recoge en el acta número 28, de 20 de diciembre, no anular según justificación que se cita, la pregunta número 40:
"La imagen es "representativa" de una serie de relojes, pero incluso si se hubieran suprimido las imágenes inferiores, la respuesta estaría igual de clara. La imagen del reloj de partida marca claramente la 1:30 horas. Al sumarle 10 h y 15 min. El resultado es claro: 11 h. 45 -min. La única respuesta posible de las propuestas es la. "C".
El grado de inclinación mayor o menor de las agujas en un reloj real, es en este caso completamente irrelevante a la hora de escoger la respuesta correcta. Es mucho más representativo el uso de la manecilla grande y manecilla pequeña.
El uso de relojes en pruebas psicotécnicas es completamente habitual sin que en ningún caso haya dado problema alguno, independientemente del grado de realismo de los mismos. Por lo tanto, la pregunta y respuesta seleccionada por el tribunal es correcta. No procede su anulación.".
Procede señalar que no es cierto lo manifestado por el recurrente de que la opción a) es la correcta, por ser la que marca las 11:45 horas.
Y ello resulta de una mera observación de la imagen.
Y es que la pregunta planteada, lo que pretende y así dice su literalidad es "que se calcule la hora correcta", observando unas imágenes en las que aparecen diversos relojes analógicos que marcan determinadas horas partiendo de otra imagen en la que aparece un reloj y un interrogante, que es la hora que hay que averiguar tras añadir a la primera imagen 10 h 15 min. La hora resultante por tanto sería las doce menos cuarto, que está representada en la imagen c).
No se pretende ni se dice en la formulación de la pregunta el señalar qué imagen representa una hora correcta por lo que no puede inducir a confusión a los opositores; ni siquiera aparece como opción una respuesta similar a que ninguna de las imágenes que representan las otras respuestas es correcta, circunstancia ésta en la que si hubiese sucedido sí podría entenderse que podía inducir a confusión.
Sin embargo no es lo acaecido en el supuesto que nos ocupa, en que no hay ambigüedad en las respuestas.
La tesis del recurrente es subjetiva e interesada tratando de resolver a su favor una falta de precisión total (que es irrelevante para el fin perseguido), en una respuesta dada por válida a una pregunta y en la que además no podría inducir a confundir a los opositores porque ninguna otra de las opciones dadas podría ser correcta.